Implantación obligatoria del Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA)

02 / 10 / 2026 Proyectos
Implantación obligatoria del Documento Electrónico de Control Administrativo  (DeCA)

Implantación obligatoria del Documento Electrónico de Control Administrativo 

(DeCA)

Estimado cliente:

Le informamos de que, a partir del 5 de octubre de 2026, entra en vigor la obligación de utilizar el Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA) en los transportes públicos de mercancías por carretera realizados en España.    

 

¿Qué es el DeCA?

El DeCA es la versión digital del documento de control del transporte, pero NO LO SUSTITUYE. Deberá generarse electrónicamente antes del inicio de cada servicio y contendrá la información básica de la expedición, incluyendo:

  1. Cargador
  2. Transportista
  3. Origen
  4. Destino
  5. Naturaleza mercancía 
  6. Peso

Siendo válida la descripción 5 palets de cajas. No es necesario indicar la mercancía que está dentro de las cajas.

 

¿A qué transportes afecta?

  • Transporte  dentro de España de cualquier tipo de bulto que se necesite manipulación mecánica, transpaleta, toro, etc.
  • No aplica cuando la mercancía es manipulable manualmente, de esta forma un palet de cajas aunque las cajas se puedan manipular manualmente al llevar un palet se considera paletería y estaríamos obligados al DeCA,  
  • Completo, grupaje, una única entrega o repartos
  • Internacional NO, sigue vigente el CMR

 

DATOS DE INTERÉS:

  • No es necesario firmarlo
  • Se ha de generar electrónicamente antes del inicio del servicio
  • No es válido en formato de papel, siempre tiene que ser de forma electrónica (no vale escanear un papel)
  • Ha de incorporar un código QR.
  • Debe de estar accesible mediante una URL para su consulta por inspección, durante mínimo 1año que se debe custodiar.
  • Al no obligarse a firma, el documento de control seguirá con el mismo uso.
  • La responsabilidad de emitirlo es tanto del cargador contractual como del transportista efectivo, pudiendo denunciar a los dos hasta 600 €, salvo que el contractual puede demostrar que envió al efectivo la información que exige el DeCA.

 

¿Qué implica para nuestros clientes?

Para poder cumplir con la normativa, necesitaremos disponer de toda la información del transporte en el momento de la solicitud del servicio para poder emitir el DeCA  

  • Todas las direcciones completas de carga y descarga.
  • Datos del expedidor y destinatario.
  • Descripción de la mercancía, siendo válida palet con cajas si es el caso.
  • Peso o volumen cuando la naturaleza de la mercancía haga muy complejo su pesaje
  • Cualquier instrucción especial necesaria para el servicio.

 

La calidad y puntualidad de esta información será fundamental para evitar incidencias administrativas  

 

Nuestro compromiso

En Grupo AVEA ya hemos  adaptando nuestros procesos y sistemas para cumplir plenamente con esta nueva obligación legal y minimizar cualquier impacto operativo para nuestros clientes.